La Presidenta Cristina Fernández de Kirchner firmó la semana pasada el Decreto N° 1694 por el cual dispone un aumento de las indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se eliminan los topes y se establecen pisos, se crea el Registro de Prestadores Médico Asistenciales, se impulsa la creación de entidades sin fines de lucro, de seguros mutuos, que tengan a su cargo la gestión de las prestaciones. La medida también aumenta las sumas fijas utilizadas para calcular las prestaciones monetarias, establece la bancarización del sistema y prevé la aprobación de líneas de seguro por responsabilidad civil. | |||||||||||||||||||
Un equipo de formadores de la Superintendencia se trasladó a las provincias de Salta, Jujuy y Chubut para capacitar a los inspectores de las carteras laborales jurisdiccionales, con el objetivo de que se unifiquen criterios de inspección en materia de salud y seguridad en el trabajo en todo el país, se dominen las herramientas tecnológicas a través de las cuales se comparte la información con el organismo nacional, y se intensifiquen los conocimientos sobre los riesgos generales y específicos de cada sector de actividad y sus correspondientes medidas de prevención. | |||||||||||||||||||
Se encuentran disponibles en el sitio web de la Superintendencia dos informes acerca de la incidencia de la accidentabilidad por provincia y sector económico, y siete informes especiales sobre los sectores industriales de la fabricación de alimentos y bebidas, la construcción, la producción ganadera, preparación y comercio de productos cárnicos, la industria del plástico, el subsector de la química y petroquímica, y además la situación de los trabajadores autónomos y del servicio doméstico. | |||||||||||||||||||
El Sistema de Pasantías Educativas -Ley N° 26.427- que fue reglamentado mediante la Resolución Conjunta N° 825/09 y 338/09 del Ministerio de Trabajo y del Ministerio de Educación, respectivamente, establece que la remuneración será equivalente al básico de convenio más los adicionales, que el límite es 20 horas de lunes a viernes y en horario diurno y dispone que si se constata que no se cumplen las condiciones legales, se convertirá en un empleo en relación de dependencia retroactivo al inicio del contrato del pasante, y fija un plazo mínimo de 2 meses y un máximo de 12 meses, renovable por seis meses. Asimismo las empresas deberán comunicar a la AFIP las altas y bajas, incorporar al pasante en la cobertura de riesgos del trabajo, proveer obra social, reconocer los beneficios regulares y licencias que tengan el resto de los trabajadores, entre otros. | |||||||||||||||||||
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Dr. Miguel E. Acevedo Álvarez
Médico del Trabajo, Ergonomista
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